¡Atención trabajadores del sector privado en zonas extremas!
¿Sabías que podrías acceder a un beneficio tributario que impacta directamente tu remuneración?
Te invitamos a un webinar gratuito donde explicaremos en detalle el Artículo 13° del Decreto Ley 889, que aplica a quienes viven o trabajan en las regiones I, XI, XII, XV y la provincia de Chiloé.
Este beneficio consiste en que podrán deducir, de la remuneración obtenida, una parte que corresponda a dicha gratificación por el mismo monto o porcentaje establecido en el citado decreto ley, la cual no constituirá renta, únicamente para la determinación de los impuestos contenidos en los artículos 42 N° 1 y 52 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, correspondientes al Impuesto de Segunda Categoría y al impuesto Global Complementario, respectivamente.